El día que la Justicia le dio (un poco) la espalda a Benetton

por Gioia Claro y Esteban Santamaría
08 de mayo de 2018

Aunque aún falta la decisión del juez, el Ministerio Público Fiscal retiró las acusaciones contra integrantes de la Pu Lof de Cushamen. Benetton y sus "pruebas": mentiras, policías y notas periodísticas de "importante repercusión pública".

“Es un paso importante para no seguir criminalizando derechos territoriales”, dijo la abogada Sonia Ivanoff, al salir de la extensa audiencia preliminar que tuvo lugar el lunes en Esquel y en la que el Ministerio Público Fiscal retiró las acusaciones (no así Benetton) contra Facundo Jones Huala y otros integrantes de la Pu Lof en Resistencia del Departamento de Cushamen.

LA AUDIENCIA

Con más de cien efectivos de la Policía de Chubut, y en otro exagerado operativo de seguridad, se llevó a cabo en la sala 2 del Juzgado de Esquel la audiencia, a cargo del juez Martín Zacchino. Comenzó pasadas las 10.30 horas y se extendió hasta casi las 20.

En la previa, el Ministerio Público Fiscal y los abogados de la Compañía Tierras del Sud (Benetton) pretendían elevar a juicio a los acusados por los cargos de usurpación, abigeato agravado y uso de armas de guerra. Y pedían prisión preventiva y penas de hasta cuatro años y seis meses.

Nos desalienta para sostener con posibilidades de éxito la producción de un juicio contradictorio en estas condiciones y con una teoría probatoria tan debilitada.

Además del lonko Facundo Jones Huala, quien permanece detenido en el Penal de Esquel a la espera de la resolución de la Corte Suprema de la Nación sobre su extradición a Chile, también estaban acusados otros integrantes de su comunidad. Ellos estaban de un lado de la sala, junto a la abogada Sonia Ivanoff, el defensor Público Penal, Dr. Bruno Antonio Deias, y el defensor provincial oficial, Fernando Radziwilowski.

Del otro lado, sí, justamente sentados juntos, el abogado de Benetton, Jorge Williams, y los fiscales Carlos Díaz Mayer y Oscar Oro, reconocidos por su parcialidad manifiesta en contra de las comunidades mapuche de la zona.

¿PRUEBAS?

En la enumeración de las evidencias, los que quedaron en evidencia fueron los acusadores. La mayoría que presentaron corresponden a testimonios de agentes de policía, informes de fiscales y funcionarios del gobierno a nivel nacional y provincial. Cabe destacar la evidencia “H”: el informe de Pablo Nicolás Carrizo, de la Brigada de Investigaciones de la Policía de Esquel, responsable de la detención de Gonzalo Cabrera, el testigo torturado para que declarara contra Facundo Jones Huala en el primer juicio por extradición que, justamente por estos hechos, fue declarado nulo por el juez Guido Otranto.

LA DEFENSA

El defensor provincial oficial Fernando Radziwilowski dio argumentaciones técnicas respecto a las evidencias presentadas, las irregularidades e ilegalidades implicadas en la obtención de información, así como la participación y testimonios de personas involucradas en diversas causas contra el pueblo mapuche.

Se pidió la nulidad de la causa.

Más allá de las pruebas históricas, mapas catastrales y testimonios que corroboran la preexistencia de la comunidad y el reconocimiento del territorio en disputa como parte de la Colonia Pastoril Aborigen de Cushamen, argumentaron que las evidencias presentadas se basan en informes ya declarados nulos por otros tribunales, como el informe del oficial Carrizo "por estar basado en tortura", y el informe de los fiscales provinciales Fernando Rivarola y María Bottini, que "aceptaron información ilegal proveniente de un agente de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI)".

Se permitió el uso de armas sofisticadas mediante las cuales se posibilitó la intromisión en sus vidas privadas sin autorización judicial. Fueron víctimas de tratos crueles a mujeres y niños.

Otro de los sustentos del pedido de nulidad es que la vía penal no debiera ser excluyente de otras sendas judiciales, ya que la figura de usurpación debiera ser discutida en el ámbito civil y no penal.

Además, el abogado defensor se explayó respecto a convenios y tratados de derecho indígena, y de cómo deben hacer los Estados para tratar con los pueblos originarios. Destacó que el diálogo no debe ser penal: “No es con un juez o con un fiscal. Dicho diálogo, es político, es con la representación política del Estado argentino, y es eso lo que reclamaron desde un principio. La respuesta estatal, sin embargo fue otra, fue ajena al diálogo, aunque sí fue política. Política y criminal. Una respuesta lejana a la resolución de los conflictos y controversias planteadas por este colectivo del pueblo mapuche, que se identificó como Pu Lof en Resistencia del Departamento Cushamen”.En referencia a la sucesión de juicios y causas abiertas que tienen los integrantes de la lof, Radziwilowski apuntó que "fueron espiados sin recaudos legales, fueron víctimas de arma de fuego en distintos operativos; se permitió el uso de armas sofisticadas mediante las cuales se posibilitó la intromisión en sus vidas privadas sin autorización judicial. Fueron víctimas de tratos crueles, a mujeres y niños. Y todos estos hechos, denunciados, no fueron investigados (...) Todo ello posibilitó la construcción de la lógica de su peligrosidad, permitiéndose el Estado provincial  adoptar, sin ruborizarse, una actitud de Estado Absoluto Policial, en el medio de un estado constitucional y de derecho, para 'controlar' a este colectivo indígena”.

Por su parte, el defensor Público Penal, el Dr. Bruno Antonio Deias, expresó que “no hay ningún elemento que lo caracterice como hecho penal” y “muchos de los demás delitos ya están prescriptos”. Y agregó. "El tema de la tierra debiera ser discutido en el ámbito civil. Seguir tramitando en esta sede (penal) no es más que seguir criminalizando la protesta social".

A su turno, la abogada Sonia Ivanoff consideró que, tratándose de acusaciones hacia integrantes de la lof, "queda claro el carácter indígena de la ocupación, por lo que debe entenderse la relación de los indígenas con la tierra. Para ellos la tierra no es una mercancía. Tienen una relación particular e indisoluble con ella. Por esto solicito se aplique el principio de ´mínima intervención´ ya que el derecho penal es subsidiario de otras vías que pueden resolver el problema. El derecho penal es la ´última ratio' ya que no trata el derecho real”.

La única respuesta estatal que reciben las comunidades mapuche es la persecución penal.

Tras un cuarto intermedio, llegó la sorpresa de boca del fiscal Oro: “Luego de escuchar atentamente a los abogados defensores y el análisis del caso de la Dra. Ivanoff y con las pruebas presentadas, esta situación nos desalienta para sostener con posibilidades de éxito la producción de un juicio contradictorio en estas condiciones y con una teoría probatoria tan debilitada como habría de quedar al pasar el tamiz de esta audiencia… con lo cual, el fuero penal no debe ser el sitio donde debe debatirse estas cuestiones de índole de derecho real. Por todo esto el Ministerio Público Fiscal retira la acusación de los tres hechos”.

Pese a la contundencia de la fiscalía, el abogado de Benetton insistió en mantener "la acusación sobre usurpación". Y detalló las pruebas, entre las que se encontraban "la denuncia del Sr. Bruno Andres Meyer,  mayordomo de la estancia Leleque", "el acta de la constatación policial", varios informes de diferentes subcomisarios y policías, "el informe del oficial principal Pablo Nicolás Carrizo(acusado de torturas contra Cabrera)", "la nota de presentación espontánea suscripta por trabajadores jerárquicos puesteros peones de campo", y "artículos periodísticos surgidos como consecuencia del hecho que se investiga y que han tenido importante repercusión pública", entre otros documentos sin sustento para dicha acusación.

Ahora, la última palabra la tendrá el juez Zacchino, quien tiene plazo hasta el jueves a las 18 horas para resolver si eleva la causa a juicio o no.

DESPUÉS DE LA AUDIENCIA

“Un acto de objetividad por parte del Ministerio Público Fiscal, un gesto que ha valorado los planteos que hemos hechos ambas defensas, y ha entendido que eran muchas las irregularidades para llegar a un juicio. Ahora hay que esperar la decisión del juez”, dijo Sonia Ivanoff, quien destacó la audiencia como un paso importante: “La actitud de la fiscalía permite dar oxígeno, y no seguir encorcetando derechos territoriales o culturales de los pueblos indígenas. Y también es un análisis y un llamado de atención a otras instituciones del Estado que necesariamente están obligados a empezar a tener una actitud distinta para con los pueblos indígenas y en particular con el pueblo mapuche. Y estigmatizar sus luchas o naturalizarlas, sino empezar a construir espacios de consenso y con valores de tolerancia”.

La defensa pudo demostrar que todas las pruebas entregadas por la querella son inconsistentes.

Y en ese sentido, insistió que “el poder ejecutivo es el gran ausente y creo que eso hace que estallen todo este tipo de problemas en el ámbito judicial. Esta decisión de la fiscalía es muy oportuna en el marco de  buscar una concordia, una paz en la zona. Esto tiene que aparecer en la agenda pública del Estado, resolver el problema de las comunidades indígenas, y no judicializarlo”

En tanto, Soraya Maicoño, vocera de la lof, precisó que “la defensa pudo demostrar que todas las pruebas entregadas por la querella son inconsistentes, la mayoría de los videos presentados prácticamente no se ven. Con respecto al abigeato ellos tienen imágenes, fotos y videos de cueros pero esos cueros nunca se ve la marca y seña de Benetton y luego a pesar de que ellos los estaban custodiando, desaparecieron. Con respecto a la usurpación, la querella no pudo decir nada. Quisieron demostrar que nuestros lagmien imputados eran posibles terroristas y que andaban en la clandestinidad cuando se recuperó el predio, entonces también la defensa tenía ya armado como parte del alegato que la mayoría de las cuestiones que se presenta en el Informe RAM no tienen absolutamente nada que ver con la gente que está imputada y tampoco es eso lo que se está juzgando”.

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